30 de marzo de 2026. La Corte Constitucional analizó el primer caso en Colombia sobre el reconocimiento de dos licencias de maternidad en una pareja de mujeres, dejando en evidencia los límites del sistema actual frente a la diversidad de familias reconocidas constitucionalmente. El caso se originó cuando una pareja de mujeres tuvo un hijo mediante un proceso de reproducción asistida. Mientras una de ellas accedió a la licencia de maternidad en su calidad de gestante, a la otra, pese a ejercer funciones de cuidado desde el nacimiento, le fue reconocida únicamente la licencia de paternidad, limitada a 14 días.
En su decisión, la Corte concluyó que esta actuación vulneró derechos fundamentales, al basarse en una interpretación restrictiva de la normativa vigente y en estereotipos que asocian la maternidad exclusivamente con la gestación. El alto tribunal reiteró que la protección que brindan las licencias no se limita a la recuperación física tras el parto, sino que también responde a la necesidad de garantizar el cuidado, la crianza y la consolidación de vínculos familiares, en función del interés superior de niñas y niños.
Si bien en este caso no se ordenó el reconocimiento de la licencia de maternidad para la madre no gestante debido a que el tiempo para su disfrute ya había transcurrido —configurándose un daño consumado—, la Corte advirtió que el sistema actual de licencias en Colombia resulta insuficiente para responder a las realidades de las familias diversas. En particular, señaló que el modelo vigente, basado en una distinción rígida entre maternidad y paternidad, no garantiza el acceso igualitario a derechos cuando se trata de configuraciones familiares distintas a las tradicionales.
Desde Caribe Afirmativo, resaltamos la importancia de este fallo, pues representa un avance en el reconocimiento de las barreras estructurales que enfrentan las familias diversas en el acceso a derechos sociales. Al mismo tiempo, evidencia la urgencia de que el Estado colombiano adopte medidas normativas y administrativas que permitan adecuar el sistema de licencias a un enfoque centrado en el cuidado, reconociendo las múltiples formas de ejercer la maternidad y la paternidad.
Garantizar el derecho al cuidado en condiciones de igualdad implica superar esquemas que reproducen exclusiones y avanzar hacia políticas públicas que respondan a la diversidad familiar existente en el país. Este caso abre una oportunidad para que el Congreso y las instituciones competentes revisen el marco vigente y aseguren que ninguna familia quede por fuera de la protección del Estado.