13 de marzo de 2026. El 21 de febrero de 2022 marcó un momento histórico para Colombia y las Americas, pues la Corte Constitucional despenalizó el aborto hasta la semana 24 de gestación, consolidando de esta forma, uno de los marcos legales más progresistas de la región. Este avance representa no solo una victoria para todas las personas gestantes, sino especialmente para las mujeres lesbianas, bisexuales y personas asignadas con género femenino al nacer (LBT+), quienes históricamente han enfrentado barreras adicionales en el acceso a servicios de salud sexual y reproductiva.
Este artículo conmemora este aniversario, explora los antecedentes históricos de esta conquista, analiza su significado para las personas LBT+ y proporciona herramientas concretas para enfrentar la discriminación en el acceso al aborto libre, seguro y gratuito.
Antecedentes Históricos, la lucha constante hacia la despenalización.
El proceso de despenalización del aborto en Colombia comenzó en 2006, cuando la Corte Constitucional emitió la Sentencia C-355, que estableció tres causales bajo las cuales el aborto era legal , entre ellas el riesgo para la vida o salud de la mujer gestante, malformaciones fetales incompatibles con la vida y embarazo resultado de violación, incesto o inseminación no consentida.
Este fallo marcó un punto de quiebre histórico al reconocer por primera vez en Colombia que el aborto hacía parte del ámbito de los derechos fundamentales, en particular los derechos a la vida digna, la salud, la autonomía reproductiva y la dignidad humana de las mujeres y personas gestantes. Sin embargo, dicho reconocimiento fue parcial y condicionado, lo que en la práctica mantuvo múltiples barreras de acceso, especialmente para mujeres pobres, rurales, migrantes, víctimas del conflicto armado y personas con identidades de género diversas.
Ahora bien, durante los 16 años posteriores, el aborto en Colombia se movió en una zona ambigua, es decir: legal en el papel, pero restringido en la realidad. En ese periodo, organizaciones feministas, de derechos humanos y colectivos LGBTIQ+ desempeñaron un papel central al documentar casos de criminalización, violencia obstétrica, negación de servicios y uso abusivo de la objeción de conciencia por parte del personal de salud. Estas organizaciones impulsaron litigios estratégicos, acciones pedagógicas, movilización social y acompañamiento jurídico a mujeres judicializadas, evidenciando que el modelo de causales era insuficiente y discriminatorio. Este activismo sostenido permitió instalar el aborto como un debate público, político y de justicia social, trascendiendo el enfoque moral para situarlo como un asunto de salud pública y derechos humanos, y sentó las bases para la posterior ampliación del derecho a la interrupción voluntaria del embarazo en Colombia.
La Sentencia C-055 de 2022: Un Cambio Paradigmático
El 21 de febrero de 2022, la Corte Constitucional emitió la Sentencia C-055, resultado de la demanda presentada por el movimiento Causa Justa, una coalición de más de 90 organizaciones. Esta sentencia histórica estableció que el aborto es legal y libre hasta la semana 24 de gestación sin necesidad de justificación; después de la semana 24, se mantienen las tres causales establecidas en 2006; se eliminan barreras administrativas como la objeción de conciencia instituciona y se reconoce el aborto como un derecho fundamental vinculado a la autonomía, dignidad y libre desarrollo de la personalidad. La magistrada Cristina Pardo Schlesinger, ponente de la sentencia, afirmó que esta decisión “reconoce la autonomía de las mujeres y personas gestantes para tomar decisiones sobre sus propios cuerpos y proyectos de vida” .
¿Qué Representa Esta Conquista para las Personas LBT+?
La despenalización del aborto tiene un significado profundamente político, simbólico y material para las personas LBT+, en la medida en que rompe con la idea hegemónica de que la reproducción, la gestación y el aborto son experiencias exclusivamente heterosexuales y cisgénero. En el caso de mujeres lesbianas y bisexuales, la despenalización implica el reconocimiento explícito de que las relaciones afectivas y sexuales entre mujeres no eliminan la posibilidad de embarazo. Este reconocimiento es clave porque históricamente sus experiencias reproductivas han sido negadas, ridiculizadas o patologizadas, bajo el supuesto erróneo de que “por ser lesbianas no abortan” o de que su orientación sexual debe ser explicada, probada o justificada frente al sistema de salud.
La ampliación del derecho al aborto permite, además, el acceso a servicios de salud sexual y reproductiva libres de prejuicios, sin la obligación de revelar o defender la orientación sexual ante profesionales de la salud, reduciendo prácticas discriminatorias como interrogatorios innecesarios, trato moralizante o negación de atención. En este sentido, la despenalización no solo protege un derecho, sino que restituye la autonomía corporal y la dignidad de mujeres lesbianas y bisexuales como sujetas plenas de derechos reproductivos.
Por su parte, para hombres trans y personas no binarias, esta conquista representa un avance aún más disruptivo frente al orden cisnormativo e históricamente opresor para las personas diversas. La despenalización del aborto implica el reconocimiento de que la capacidad de gestar no define el género, y que los derechos reproductivos no pueden estar condicionados a una identidad femenina impuesta. Acceder a servicios de interrupción voluntaria del embarazo sin ser cuestionados o expuestos a violencias simbólicas y psicológicas constituye un elemento central del derecho a la salud, a la identidad y a una vida libre de discriminación.
Asimismo, la despenalización contribuye a la validación institucional de las identidades de género diversas dentro de los servicios de salud reproductiva, obligando al Estado y al sistema sanitario a adaptar lenguajes, protocolos y prácticas que reconozcan a hombres trans y personas no binarias como sujetos legítimos de atención. Esto incluye el uso de nombres y pronombres correctos, el respeto por la identidad de género autopercibida y la garantía de entornos clínicos seguros, confidenciales y no violentos.
En conjunto, la despenalización del aborto para las personas LBT+ no es únicamente una medida sanitaria, sino una herramienta de justicia social que desafía la heterosexualidad obligatoria, la cisnormatividad y la exclusión histórica de identidades diversas del campo de los derechos sexuales y reproductivos. Es, en última instancia, una afirmación contundente de que la autonomía reproductiva pertenece a todas las personas con capacidad de gestar, sin importar su orientación sexual o identidad de género.
Amenazas Actuales: El Retroceso del Proyecto de Acuerdo 340 en Bogotá (opcional para mencionar)
Los derechos que la población históricamente marginada ha logrado conseguir, no son estáticos y se encuentran constantemente enfrentándose a distintas amenazas que suelen ser disfrazadas de protección, pues a pesar de los avances históricos logrados con la Sentencia C-055 de 2022, los derechos reproductivos continúan bajo amenaza. Una prueba de ello se encuentra con el proyecto de acuerdo 340 aprobado por el concejo de Bogotá en 2024, que busca condicionar el acceso al aborto en la capital colombiana.
Este proyecto, promovido por sectores conservadores del Concejo y discursos de odio, pretende imponer barreras adicionales bajo el pretexto de “proteger la vida desde la concepción” y “garantizar información completa” a las personas gestantes. Sin embargo, organizaciones feministas, de derechos humanos y colectivos LGBTIQ+ han denunciado que esta normativa es inconstitucional y analicemos por qué.
¿Por qué el Proyecto 340 es Inconstitucional?
En primer lugar, contradice la Sentencia C-055 de 2022. La Corte Constitucional ya estableció que el aborto es un derecho fundamental hasta la semana 24 de gestación, sin necesidad de justificación ni barreras administrativas. El Proyecto 340 pretende imponer requisitos adicionales que contradicen directamente este fallo de la Corte , en segundo lugar viola la jerarquía normativa. Un acuerdo municipal NO puede estar por encima de una sentencia de la Corte Constitucional. La Constitución Política y las decisiones de la Corte tienen supremacía sobre cualquier normativa local. En tercer lugar, invade competencias del sistema de salud. El Concejo de Bogotá no tiene competencia para regular procedimientos médicos ni servicios de salud que ya están garantizados por el sistema nacional de salud .
Además, este proyecto es sumamente innecesario al ser redundante, puesto que ya existe regulación nacional, el Ministerio de Salud y la Resolución 051 de 2023 establecen protocolos claros para la IVE (Interrupción Voluntaria del Embarazo), por otro lado, ya existen mecanismos de información, las EPS e IPS están obligadas a brindar información completa y consentimiento informado y finalmente, existen rutas de denuncia, la Supersalud y las tutelas garantizan el cumplimiento de derechos
En ese orden de ideas, se entiende mas bien que este proyecto pretende obstaculizar el acceso mediante la creación de trámites burocráticos innecesarios y la estigmatización de la autonomía reproductiva. Pues infantilizar a las personas gestantes asume que quienes deciden interrumpir un embarazo no tienen capacidad para tomar decisiones informadas sobre sus propios cuerpos y vidas. Imponer una narrativa moralizante bajo el pretexto de “información completa”, abriría la puerta para incluir contenidos que promueven la culpa, el miedo y la desinformación sobre el aborto. Además, criminalizar implícitamente al crear obstáculos burocráticos, envía el mensaje de que el aborto es algo “sospechoso” que requiere vigilancia y control estatal especial. Esto afectaría desproporcionadamente a personas LBT+ quienes ya enfrentan discriminación múltiple en el sistema de salud y profundizaría la exclusión y dificultando aún más el acceso a servicios.
¿Qué podemos hacer si se impone alguna barrera de acceso al derecho al aborto?
Ningún proyecto puede estar por encima de la Sentencia C-055, pues la Corte Constitucional tiene la última palabra y ninguna norma local puede restringir derechos fundamentales, además siempre puedes exigir atención bajo los estándares nacionales, esto puedes hacerlo citando expresamente la Sentencia C-055 de 2022 y recordando el plazo de 5 días hábiles
En caso de que no responda tu petición, puedes presentar tutela inmediatamente argumentando la inconstitucionalidad de la barrera de acceso que te imponen y solicitando la protección de tu derecho fundamental al aborto, posteriormente puedes denunciar ante la Supersalud y reportar cualquier barrera impuesta y con esto también contribuyes a documentar su impacto negativo
Finalmente, contacta organizaciones de apoyo, ellas pueden acompañarte legalmente y documentar tu caso, tu experiencia fortalece la lucha colectiva contra esta norma regresiva. La lucha continúa. Ningún acuerdo municipal puede arrebatarnos derechos fundamentales reconocidos por la Corte Constitucional.
¿Qué Puedo Hacer si me Discriminan o me Ponen Barreras por ser LBT+ para Acceder al Aborto?
Conoce tus Derechos. Recuerda que tienes derecho a:
- Acceso inmediato: El procedimiento debe realizarse en máximo 5 días hábiles desde la solicitud
- Atención gratuita: El aborto está cubierto por el Plan de Beneficios en Salud (PBS)
- Confidencialidad: Tu información médica es privada
- Respeto a tu identidad: Derecho a ser llamado por tu nombre y pronombres correctos
- Información clara: Explicación completa sobre el procedimiento, opciones y cuidados posteriores
- Consentimiento informado: Sin presiones ni juicios morales
- Atención sin discriminación: Por orientación sexual, identidad de género, raza, clase social o cualquier otra condición
Recuerda que cosas como: negarse a realizar el procedimiento por “objeción de conciencia institucional”, Exigir autorización de padres, pareja o tutores (si eres mayor de edad), solicitar denuncia penal en casos de violación, imponer tiempos de espera “para reflexionar”, hacer preguntas sobre tu orientación sexual o identidad de género no relacionadas con la atención médica, negarse a usar tu nombre social o pronombres correctos, hacer comentarios discriminatorios, moralizantes o de juicio, condicionar el servicio a procedimientos innecesarios o derivarte indefinidamente entre servicios sin resolver tu solicitud son prácticas son ILEGALES y constituyen violación de tus derechos.
Conclusión: Un Derecho Conquistado, Una Lucha Continua
La despenalización del aborto en Colombia es una victoria histórica que reconoce la autonomía y dignidad de todas las personas gestantes, incluidas las lesbianas, bisexuales y personas asignadas como femenino al nacer. Sin embargo, el derecho en el papel no siempre se traduce en acceso real, especialmente para quienes enfrentan discriminación múltiple.
Conocer nuestros derechos, las rutas de denuncia y las redes de apoyo es fundamental para transformar esta conquista legal en una realidad vivida. Cada vez que una persona LBT+ enfrenta y denuncia la discriminación, no solo defiende su propio derecho, sino que abre camino para quienes vendrán después.
Este aniversario nos invita a celebrar lo logrado, pero también a mantenernos vigilantes y activas en la defensa de nuestros derechos sexuales y reproductivos. La lucha por el aborto libre, seguro y gratuito es también la lucha por el reconocimiento de nuestras diversidades, nuestras autonomías y nuestras vidas dignas.
