06 de agosto de 2026. El Gobierno Nacional adoptó la Política Pública Integral de Garantías para el Liderazgo y la Defensa de los Derechos Humanos y derogó el Decreto 2137 de 2018. La medida responde a una orden estructural de la Corte Constitucional, aunque su implementación real dependerá de la voluntad política y presupuestal de las entidades responsables.

El Ministerio del Interior expidió el Decreto 1028 del 5 de agosto de 2026, mediante el cual se adopta la Política Pública Integral de Garantías para el Liderazgo y la Defensa de los Derechos Humanos en Colombia (PPIGLDDH), en cumplimiento de la orden vigésimo octava emitida por la Corte Constitucional en la Sentencia SU-546 de 2023. Dicha providencia había declarado el Estado de Cosas Inconstitucional por la persistente y generalizada violación de los derechos de las personas líderes y defensoras de derechos humanos en el país.

Con la expedición de este decreto se deroga el Decreto 2137 de 2018 y su modificatorio, el Decreto 1138 de 2021, que hasta ahora regulaban el Sistema de Prevención y Reacción Rápida y las instancias de garantías para esta población. La nueva política se estructura en cinco ejes -respeto, prevención, protección, justicia efectiva y garantías de no repetición- y formaliza la Mesa Nacional de Garantías y las Mesas Territoriales de Garantías como espacios tripartitos de interlocución entre el Estado, la sociedad civil y la comunidad internacional.

Para Caribe Afirmativo, la adopción de esta política es un desarrollo relevante que reconoce, al menos en el plano normativo, la gravedad de la situación de riesgo que enfrentan los liderazgos sociales en Colombia. No obstante, la organización advierte que la expedición de un decreto no resuelve por sí sola las causas estructurales de la violencia contra las personas defensoras, y que su eficacia dependerá de la asignación efectiva de recursos técnicos, humanos y presupuestales por parte de las entidades obligadas.

El decreto incorpora un enfoque diferencial en relación con la orientación sexual e identidad de género no normativa, que reconoce a la población LGBTIQ+ defensora de derechos humanos como sujeto de atención específica dentro de la política. Asimismo, contempla un Subgrupo de Mujer, Género y Diversidades tanto a nivel nacional como territorial, encargado de dar seguimiento a los riesgos diferenciados y a los impactos desproporcionados que enfrentan las mujeres y las personas de los sectores sociales LGBTIQ+ en su labor de liderazgo.

Esta incorporación se produce en un contexto en el que, según ha documentado la organización, los liderazgos LGBTIQ+ continúan enfrentando patrones de estigmatización, violencia y falta de respuesta institucional oportuna, agravados por la ausencia de espacios de representación política estables, como quedó en evidencia con la reciente extinción de la Comisión Accidental LGBTIQ+ del Congreso de la República.

Leave a comment

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

*